El Decreto del Ministerio de Infraestructura y Transporte define una nueva forma, procedimiento y método para la certificación de inspección técnica de vehículos.
El cambio en el método y procedimiento para la inspección de vehículos en los centros de inspección técnica (ΚΤΕΟ) está previsto por la decisión del Ministerio de Infraestructura y Transporte. El nuevo reglamento ministerial define la forma, procedimiento y método de certificación de la inspección técnica, ya sea periódica, extraordinaria o voluntaria.
Las modificaciones se consideraron necesarias debido al cambio de los puntos de inspección técnica de acuerdo con la modificación de la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, sobre inspección técnica periódica de los vehículos de motor y sus remolques, y la derogación de la Directiva 2009/40/EC, que fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L219/22-8-2019 e incorporada por la Decisión Ministerial Conjunta No. 64744/677/2019 «Enmienda a la Decisión Ministerial Conjunta No. οικ vehículos y sus remolques de conformidad con la Directiva 2014/45/CE y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE» (B’ 522).
Al mismo tiempo, el sistema eCall se someterá a una inspección técnica para los vehículos de las categorías M1 y N1 y descritos en la Decisión Ministerial Conjunta nº o ruedas traseras (categoría L5e) y cuadriciclos (categoría L7e) con una cilindrada superior a 125 cm3.
La decisión ministerial también prevé la renovación de los puntos de control relativos a los vehículos de transporte de mercancías peligrosas y los vehículos de transporte internacional de alimentos perecederos (ATP).
Las deficiencias peligrosas que requieren verificación incluyen:
- Dos pulsaciones repetidas para aplicar los frenos.
- No se respeta la operatividad del freno de emergencia (secundario).
- Fuga de fluido hidráulico afectando el funcionamiento de las válvulas del sistema de frenos.
- Pastilla de freno o desgaste excesivo de las pastillas.
- El tambor o disco del freno está excesivamente desgastado, mellado o agrietado.
- Funcionamiento incorrecto o fijación peligrosa del sistema de dirección.
- Mala visibilidad del parabrisas después de la operación del limpiaparabrisas.
- Luces de freno que no funcionan.
- Mal cableado y posible contacto con partes calientes, partes giratorias o tierra, conexiones desconectadas (componentes funcionales del sistema de frenado o dirección).
- Eje roto o medio eje.
- Neumáticos desgastados.
- Resortes de amortiguador sueltos.
- Amortiguadores dañados, su bajo rendimiento.
- Depósito o tubería defectuosos con especial riesgo de incendio.
- Parachoques sueltos o faltantes.
- Soportes de motor sueltos o agrietados.
- Modificación del motor que afecte a la seguridad y/o al medio ambiente.
- Una puerta que puede abrirse involuntariamente o no cierra completamente.
- Exceder el límite de antigüedad de la botella en el caso de sistemas de GLP y GN.
- Reemplazo de chasis de motocicleta no autorizado.
- Soporte plegable (soporte): falta al menos uno (lateral o central).
- Reposapiés del pasajero: falta uno o ambos.
- Falta silenciador.
Hacer clic aquípara leer el texto completo de la decisión ministerial sobre cambios en las inspecciones de mantenimiento.
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