09.05.2024

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Los bancos no abrirán en estas fechas, ¿qué pasará con los pagos?


Los residentes de Grecia deben estar especialmente atentos a las transacciones bancarias que realizan en los últimos días del mes. Después de todo, es posible que los bancos no estén abiertos estos días.

Viernes 29 de marzo de 2024 y lunes 1 de abril de 2024 (Viernes Santo y Lunes de Pascua para los católicos), han sido declarados días especiales de descanso para las transacciones interbancarias de conformidad con el artículo 11 de la Ley n. 3336/2005. El artículo 11, bajo el título “Feriado especial para operaciones interbancarias”, establece lo siguiente:

1. Se definen como festivos especiales para las transacciones interbancarias aquellos días festivos de las Transferencias Transeuropeas Automatizadas en Tiempo Real Express (TARGET) aplicables en base a las directrices del Banco Central Europeo, que no coincidan con los días festivos legales en el territorio. El Banco de Grecia, antes de finales de octubre de cada año, anuncia días feriados especiales para las transacciones interbancarias a que se refiere este párrafo, que se aplicarán el año siguiente.

Los feriados especiales establecidos por este párrafo para las transacciones interbancarias se aplican al Banco de Grecia, la Bolsa de Valores de Atenas SA, el Depositario Central de Valores SA, la Bolsa de Derivados de Atenas, la Cámara de Compensación para Transacciones de Derivados (ET.ESEP), los Sistemas Interbancarios Empresa SA, así como las siguientes categorías de empresas:

  1. Entidades de crédito que operan en Grecia, incluidas las entidades de crédito griegas, la Caja de Ahorros Postal, el Fondo de Depósito y Préstamo y las sucursales de bancos extranjeros.
  2. Proveedores de servicios de inversión.
  3. Empresas de leasing y agencias de agencia de deuda.
  4. Sociedades gestoras de fondos mutuos y sociedades holding de inversiones limitadas por garantía.

2. El día del feriado especial para transacciones interbancarias, todas las obligaciones pendientes que surjan de los acuerdos existentes entre las organizaciones mencionadas en el párrafo 1 y sus clientes de todo tipo, así como otras obligaciones de sus clientes frente a cualquier tercero, que sean generalmente sujetas a ejecución el mismo día deberán ser ejecutadas el siguiente día hábil, momento en el cual comenzarán las consecuencias de cualquier incumplimiento.

3. Las transacciones realizadas en las instituciones mencionadas en el párrafo 1, letra a), el día de un feriado interbancario especial se registran en los sistemas de dichas instituciones el siguiente día hábil.

4. El día libre especial para las transacciones interbancarias es un día laborable para los empleados de las instituciones y empresas antes mencionadas.

5. Durante un feriado especial de transacciones interbancarias, las obligaciones derivadas del servicio de la deuda pública, préstamos y valores de la República Helénica deberán cumplirse de acuerdo con las condiciones especiales para su ejecución el día hábil anterior o siguiente.



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