06.05.2024

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Ley antitabaco: 107 infracciones registradas en establecimientos de hostelería

Las violaciones se revelaron en el curso de 772 inspecciones que se llevaron a cabo durante la semana pasada en Tesalónica.

Los empleados de la Jefatura de Policía de Tesalónica registraron más de 100 infracciones durante las inspecciones realizadas durante la semana pasada en establecimientos de restauración y entretenimiento en el contexto de la aplicación de medidas antitabaco.

Como se indica en la declaración policial relevante de hoy, se han confirmado 107 violaciones relevantes. Los clientes fumadores y los gerentes de los restaurantes recibieron multas. La policía destaca que la aplicación de las leyes antitabaco continuará con la misma intensidad.

Recordemos que la implementación de la ley antitabaco fue uno de los compromisos electorales de Kyriakos Mitsotakis.

¿Qué establece la ley antitabaco?

Está prohibido fumar en:

  • instituciones de todo tipo y clase,
  • instituciones educativas (prioritarias): guarderías, jardines de infancia, escuelas primarias, escuelas especiales, escuelas técnicas de todo tipo, universidades e institutos, otras instituciones de educación superior, todo tipo de clases de educación privada (frontistirio),
  • instalaciones deportivas (campos, estadios, etc.),
  • establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías),
  • clubes, etc

La circular sobre multas para los infractores también establece:

  • La infracción de las disposiciones sobre prohibición de fumar por parte de los servidores públicos en sus lugares de servicio constituye una falta disciplinaria y se sanciona de acuerdo con las disposiciones que regulan su responsabilidad disciplinaria.
  • Quienes fumen o consuman productos del tabaco infringiendo el artículo 3 serán sancionados con multa de cincuenta (50) a quinientos (500) euros, teniendo en cuenta la reincidencia.
  • El responsable de la gestión y explotación del local a que se refiere el párrafo primero del artículo 3 que infrinja lo dispuesto en el artículo 3 será sancionado con una multa de 500 a 10.000 euros, sin perjuicio de su reincidencia.
  • cuando se instala violación por cuarta vezlos establecimientos de restauración (y entretenimiento) están cerrados durante 10 días, es posible la revocación de la licencia.
  • Quienes vendan productos del tabaco a menores serán multados con entre 500 y 10.000 euros.
  • Quienes infrinjan lo dispuesto en la presente Política de Publicidad del Tabaco serán sancionados con una multa de entre quinientos (500) y diez mil (10.000) euros, incluida la reincidencia.
  • De conformidad con el artículo 3 de la Ley 3730/2008, complementado por el artículo 35 de la Ley 3896/2010, se impone una multa administrativa de 1.500 euros al fumador que conduzca su propio automóvil por infringir la prohibición de fumar en todos los vehículos privados y públicos en los que viajen menores de edad. menores de 12 años están presentes. Si el fumador es conductor de transporte público, la multa se duplica hasta los 3.000 euros. Además de la multa, es posible que le revoquen la licencia de conducir durante un mes por cada infracción.



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