27.04.2024

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Mascarillas en el transporte público: hasta qué fecha rige la medida, qué multas se imponen

El uso de mascarilla en el transporte público sigue siendo obligatorio. De lo contrario, el pasajero, así como el conductor, serán multados.

Se ha vuelto a prorrogar la obligación de llevar mascarilla en el transporte público, según un comunicado oficial publicado hace unos días en el Boletín del Gobierno. Vigencia de la decisión ministerial conjunta “Sobre medidas urgentes para proteger la salud pública del riesgo de mayor propagación del coronavirus COVID-19 en el país desde las 06:00 horas del lunes 30 de enero de 2023 hasta el lunes 13 de febrero de 2023 a las 06:00 horas. :00 prorrogado desde su fecha de vencimiento hasta las 06:00 del lunes 27 de febrero de 2023.

Esto significa que La obligación de llevar mascarilla en el transporte público se mantiene al menos hasta el 27 de febreroy ella la no utilización dará lugar a una multa. en caso de verificación por parte de las autoridades competentes. Los pasajeros deben saber que es obligatorio el uso de mascarilla de protección respiratoria alta (FFP2, N95 o KN95) o en su defecto doble mascarilla (quirúrgica y de tela):

a) En transporte público: autobuses (operados por OASA AE y OASTH AE), autobuses de transporte urbano (vehículos fijos operados por STASY AE), trenes y teleféricos.

b) En vehículos de transporte público de pasajeros de cualquier categoría (tales como taxis, taxis especiales de alquiler).

En caso de cheque, un pasajero de transporte público que no lleva mascarilla, se sanciona con una multa de 300 eurosmientras que en el transporte público (taxi) el conductor del vehículo está sujeto a una multa de 150 euros. Recuerde que desde principios del verano pasado, las máscaras no son obligatorias en la mayoría de las áreas interiores.



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