Se prorroga hasta el 31 de marzo la obligación de los trabajadores no vacunados de hacerse (y presentarse en el lugar de trabajo) regularmente las pruebas rápidas.
Según la disposición actualizada del proyecto de ley del Ministerio de Salud, sometido a discusión, la prueba rápida será obligatoria para todos los trabajadores no vacunados hasta el 31 de marzo de 2023. Se amplía hasta el 31.03.2023 la obligación de presentar certificado o confirmación de vacunación o enfermedad por parte de los empleados de los sectores público y privado en la disposición pertinente del proyecto de ley del Ministerio de Salud “Sistema integrado para la prestación de cuidados paliativos – medidas para combatir la pandemia del coronavirus COVID-19 y proteger la salud pública y otras disposiciones». En particular, con prueba exprés negativa, los trabajadores no vacunados seguirán yendo a trabajar hasta el 31 de marzo de 2023.
Trabajadores del sector privado con presencia física en el lugar de trabajo que no hayan sido vacunados o enfermos de coronavirus en los últimos seis meses, están obligados, y por su propia cuenta, a someterse a diagnósticos para COVID19 (prueba rápida) una vez por semana. El certificado es válido durante una semana a partir de la fecha de emisión. PEROLa auditoría se realiza en cualquier momento durante la semana laboral de cada empleado. A principios de septiembre, ya se prorrogó la decisión anterior para los trabajadores no vacunados (hasta el 31 de diciembre de 2022).
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