20.09.2024

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Nuevas reglas para establecimientos de catering y entretenimiento

El viernes 16 de julio entraron en vigor nuevas medidas de seguridad para los establecimientos de restauración y entretenimiento. En esta publicación, consideraremos en detalle qué está permitido, qué no y qué se debe violar.

A partir de hoy, los lugares de entretenimiento y servicio de alimentos están operando bajo un nuevo régimen, mientras que los funcionarios del gobierno dijeron que endurecerán los controles para garantizar el cumplimiento.

Los establecimientos y centros de catering, entretenimiento funcionarán en el siguiente orden:

Hasta el 31 de agosto, solo se permiten visitantes sentados en todos los lugares de entretenimiento. Del 16 de julio al 31 de agosto, los establecimientos de entretenimiento cerrados (restaurantes, cines, teatros) solo pueden operar al 85% de su capacidad. Especialmente para los centros de entretenimiento bajo techo, solo se permiten locales con una cobertura del 85% del área utilizable, sujeto a las distancias y precauciones establecidas. Todos los clubes nocturnos, tanto interiores como exteriores, operan además de las reglas de distancia que generalmente se aplican al catering. Los menores pueden ingresar a los centros de catering y entretenimiento solo con la condición de autoexamen y crianza de los hijos en asientos libres.

Marcas especiales

En los sectores público y privado, los empleadores tienen derecho a solicitar información sobre si los empleados han sido vacunados o no.

Del 16 de julio al 31 de agosto, en el contexto de la respuesta a la pandemia, habrá tres niveles diferentes:

El primero es para espacios limpios (Covid Free Space). El segundo es para los mixtos, si son exteriores (espacio mixto). Con el tercer nivel, el emprendedor podrá informar a sus clientes si todos sus empleados están vacunados.

Los empresarios pueden obtener información del sitio. https://covidfree.gov.gr/. En el mismo lugar, los emprendedores pueden descargar una aplicación con la que escanear el certificado para verificarlo con la base de datos de las autoridades y, en ese caso, identificar una falsificación.

Aclaraciones:

Al mismo tiempo, muchas personas se preguntan si los no vacunados pueden ingresar al local o usar el baño, y si es necesario llevar consigo un carnet de identidad.

Uso de baños, bares y puntos de venta interiores: las personas no vacunadas podrán ingresar a los restaurantes para hacer y pagar un pedido o usar el baño. Sin embargo, deberán llevar máscara, de lo contrario, en caso de control, pueden ser multados con 300 euros. Cafés y restaurantes en centros comerciales: cuál es la diferencia Todo lo que se encuentre dentro de otros locales se considera un espacio cerrado, exclusivamente para vacunados o recuperados. Los establecimientos de restauración dentro de los centros comerciales se consideran espacios cerrados, por lo que están destinados únicamente a los vacunados. Aún no se ha decidido qué se aplicará a los cafés y restaurantes de los centros comerciales ubicados en las terrazas. Para los establecimientos ubicados en el techo se respetan las normas vigentes en los hoteles, y en los techos se requiere una máscara para subir y bajar entre pisos. Ingreso al local Los clientes deben presentar sus certificados de vacunación o enfermedad, ya sean impresos o digitales, a través de su teléfono móvil para ingresar a los comedores cerrados. Aún no se ha decidido si el visitante presentará una identificación. Se espera una decisión ministerial conjunta. Los documentos falsificados se sancionan con una multa de 3.000 euros.

Marco de sanciones

1ra infracción:

Para puntos con un área <200sq.m. multa administrativa de 2.000 euros por empresa / persona jurídica y suspensión a partir del día siguiente de la infracción durante 7 días naturales. Para puntos con un área> 200 m2. multa administrativa de 5.000 euros por empresa / persona jurídica y suspensión a partir del día siguiente de la infracción durante 7 días naturales.

2da infracción:

Para todos los establecimientos, independientemente de la zona, se impone una multa administrativa de 10.000 euros y la suspensión del trabajo a partir del día siguiente de infracción durante 15 días naturales.

3ra infracción:

Para todas las empresas, independientemente del área, retiro temporal de una licencia de tienda durante 60 días calendario.

Cabe señalar que para establecer la segunda y tercera violación, es suficiente cometer cualquier violación entre las definidas en este contexto. Se pueden imponer sanciones incluso después de que se haya cometido una infracción, sobre la base de las pruebas de las que surgió la infracción.





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