04.05.2024

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Beneficio para estudiantes: quiénes recibirán hasta 2.500 euros


Se establece la modificación del proyecto de ley sobre el fortalecimiento de la universidad estatal y las bases para el funcionamiento de las sucursales sin fines de lucro de las universidades extranjeras. subsidio de subsistencia para todos los estudiantes universidades públicas, escuelas superiores de educación turística y academias de la marina mercante de Grecia, así como escuelas de Chipre incluidas en el sistema nacional de exámenes, al nivel de 1.500 euros.

Si el beneficiario de la prestación vive con otro estudiante en el mismo local alquilado, la cuantía de la prestación es de 2.000 euros.
Para las universidades fuera de Atenas y Salónica, la asignación de 1.500 euros aumenta a 2.000 euros, y en el caso de residencia conjunta fuera de Atenas y Salónica, a 2.500 euros.

El texto de la enmienda es el siguiente:

Para estudiantes universitarios de instituciones de educación superior (IES), escuelas superiores de educación turística y academias de marina mercante de Grecia, así como escuelas de Chipre incluidas en el sistema de exámenes panhelénico (Panlines), ciudadanos de Grecia o ciudadanos de otros países de la Unión Europea, Se proporciona un subsidio anual de vivienda de mil quinientos (1.500,00 €) euros.

En el caso de que un estudiante viva con otro estudiante en la misma casa de alquiler, se proporciona un subsidio de alojamiento anual de dos mil (2.000,00 €) euros. Los estudiantes que cursan una segunda carrera no son elegibles para este beneficio.

El subsidio anual para vivienda se concede en las mismas condiciones a los estudiantes de las escuelas públicas de educación profesional superior.

La prestación a que se refiere el párrafo primero se establece en la cantidad de dos mil (2.000,00 €) euros exclusivamente para los beneficiarios que estudien en instituciones de educación superior fuera de la región de Ática o de la entidad regional de Salónica, y también exclusivamente en el caso de un beneficiario que estudia en una AEI fuera de la región de Ática o de la Unidad Regional de Tesalónica y vive con otro estudiante en la misma casa alquilada, se le concede un subsidio de vivienda anual de dos mil quinientos (2.500,00 €) euros.

La decisión conjunta del Ministro de Educación, Religión y Deportes, el Ministro de Economía y Finanzas Nacionales y los ministros responsables de la cuestión determina el ajuste del importe del subsidio de vivienda, los años académicos de pago, el procedimiento y la forma de pago. de la referida bonificación, el momento de su pago, los documentos necesarios, el órgano u órganos de control y liquidación de gastos, el órgano u órganos para su pago, la forma de cálculo contable, así como cualquier otra cuestión relacionada con la ejecución de este artículo.

En caso de que los beneficiarios estén estudiando en instituciones controladas por el Ministerio de Educación, Religión y Deportes (Universidades de Educación Superior, (Α.Ε.Ι.ΑΣΠΑΙΤΕ, Α.Ε.Α.), el examen de sus solicitudes y la autorización de los gastos son realizados por estas instituciones.

Las mismas autoridades verificarán y autorizarán los costos de aquellas solicitudes que no hayan sido verificadas a la fecha de entrada en vigor de esta Ordenanza, sin perjuicio de las disposiciones vigentes sobre el plazo de prescripción y teniendo en cuenta las condiciones vigentes en el momento. de presentación de la solicitud del beneficiario.

Para realizar cálculos y liquidar gastos, los órganos antes mencionados reciben una subvención de las asignaciones presupuestarias incluidas en el presupuesto del Ministerio de Educación, Asuntos Religiosos y Deportes, que se transfieren a un número de código presupuestario separado.

Las obligaciones de gasto asociadas a los beneficiarios que sean estudiantes de centros educativos del Ministerio de Turismo, Asuntos Marítimos y Política Insular se cargan a los presupuestos de estos ministerios.

En particular, en 2017, la cobertura de estos gastos por parte de los ministerios mencionados se realizará mediante la transferencia de créditos del presupuesto registrado del Ministerio de Educación, Investigación y Asuntos Religiosos.



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