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Dado que el índice de precios de los alimentos básicos sigue aumentando por encima del 8%, el Ministerio de Desarrollo está cambiando las medidas antiinflacionarias que están a punto de implementarse en un intento de reducir las facturas de los supermercados, que aumentaron aún más en enero de 2024.
Incluso mensualmente, es decir. En enero de este año, en comparación con diciembre, a pesar de las repetidas medidas para mantener los precios y una avalancha de declaraciones de los políticos sobre las medidas que habían tomado para mantener los precios, los hogares pagaron:
- +6,8% para el aceite de oliva,
- +5,7% para embutidos,
- +4,6% para los vinos
- +4,1% para la mantequilla,
- +3,4% para salsas y condimentos,
- +3% para cacao y chocolate en polvo,
- +3,4% para la cerveza
- +2,8% para yogures y verduras,
- +2,5% para pizzas y tartas.
Así, en esencia, se amplía el perímetro de la prohibición de licitación de tres meses para aquellos proveedores que A partir del 10 de enero aumentan los precios de sus productos.ya que nuevas decisiones ministeriales, que se publicarán hoy y modificarán las anteriores, añadirán nuevas categorías de bienes cubiertos por esta medida y ampliarán o reducirán algunas de las existentes.
El objetivo es cubrir literalmente toda la canasta, es decir «Todos los bienes de consumo de rápido crecimiento están disponibles en los supermercados entre un 80% y un 85%» – dijo a los medios un alto funcionario del Ministerio de Desarrollo, – «Las únicas excepciones son los artículos de lujo, las bebidas espirituosas y los bienes de mercado».
La razón por la que se dejaron algunos productos. Medidas “exageradas” de protección al consumidorestá relacionado con la anterior decisión ministerial (92566/2023), ya que especificaba bienes caros.
Por ejemplo, en la categoría «pasta» ingresó solo espaguetis y ningún otro producto, salchichas: solo salchichas hervidas y de pavode aceites vegetales – solo girasol, jugos – solo naranja, A Café: griego, francés e instantáneo, pero no espresso. Tampoco hubo alimentos de temporada como halva, ni artículos como productos enlatados y leche con chocolate. Por supuesto, no había productos que difícilmente pudieran llamarse «necesario para una vida digna» o «en gran demanda» por ejemplo, salsa de tomate.
Según los nuevos cambios, se aplica una prohibición de tres meses de ofertas y promociones para los proveedores que aumentaron los precios después del 10 de enero para las siguientes categorías de productos:
- Arroz
- pan y tostadas
- Productos de panadería
- Confitería
- Pasta
- Harina
- legumbres
- Salchichas
- Comida enlatada
- Pez congelado
- cerdo fresco
- Pollo fresco y partes de pollo.
- carne fresca
- Leche entera fresca y leche baja en grasa
- Leche altamente pasteurizada (larga vida útil), entera y baja en grasa
- Leche con chocolate
- Bebidas vegetales
- Leche evaporada
- Postres de yogurt y yogur
- Crema y leche de arroz
- Queso
- Jugo de tomate
- Salsas y cubitos de caldo
- Mayonesa
- Salsa de tomate
- Huevos
- Mantequilla y margarina
- Mermeladas y pastas para untar
- Aceite de oliva
- Aceites vegetales, excepto girasol.
- Vegetales congelados
- masa congelada
- Azúcar y edulcorantes
- productos de avena
- crema para bebe
- Leche para bebé
- Café en bolsas
- Jugos
- Bebidas sin alcohol
- Cerveza
- Agua
- Chocolate (duro y en bebidas)
- Vino
- Combustible (leña, pellets, briquetas)
- Detergentes de todo tipo.
- Papel de cocina
- Papel higiénico
- Productos de higiene bucal
- Productos de afeitado
- Toallitas o tampones
- Champús y productos para el cuidado del cabello.
- Gel de ducha
- Jabón en forma líquida y sólida.
- compresas para incontinencia
- pañales para bebes
- Toallitas para bebé
- Champú para bebés
- Comida de perro
- Comida de gato
- Halvá.
Los siguientes tipos de actividades publicitarias no están permitidas durante 3 meses para productos de empresas cuyos precios se hayan anunciado aumentos:
- vender un producto que de alguna manera se indica que se vende a un precio inferior a cualquier precio de referencia (como un descuento u oferta),
- la venta de un producto que de alguna manera se indique que se vende en un embalaje que contiene una cantidad adicional como «regalo» para el consumidor,
- la venta de un paquete múltiple que consta de más de un producto empaquetado idénticamente que de alguna manera se indica que contiene uno o más paquetes «GRATIS» o que se ofrece a un precio inferior a algún precio de referencia (como un descuento u oferta),
- venta de un producto que se declara vendido junto con otro producto diferente como “REGALO”,
- vender un producto con descuento u oferta proporcionada a través de un vale de descuento, un certificado de regalo, puntos de compra u otros programas de fidelización (como tarjetas de fidelización),
- Participación en cualquier folleto o publicidad de un minorista que indique o implique que un producto se ofrece a un precio de consumo (por ejemplo, referencias como “único”, “mejor precio”, “precio exclusivo”, “oferta”).
Esta medida también se aplica a los productos comercializados por primera vez con el mismo o diferente nombre, con el mismo o diferente embalaje y con diferente código de barras:
- después de la discontinuación de otro producto de la misma empresa con propiedades iguales o similares; o
- contenga un 50% menos o un 50% más de otro producto idéntico o similar vendido por la misma empresa a un precio unitario superior; o
- son proporcionados por otra nueva empresa que sea socia o asociada de una empresa que ya proporciona productos de la misma categoría a los consumidores a partir de la fecha de entrada en vigor de este Reglamento.
Doble descuento en detergentes
Otra medida prevé que para 12 categorías de productos (polvos para lavar, detergentes para lavar a mano, detergentes para lavavajillas, detergentes para lavavajillas a mano, todo tipo de limpiadores de superficies, lejías, champús y acondicionadores, geles de ducha, jabón líquido, jabón sólido, pasta de dientes, bebés y bebés pañales) pág.los proveedores tendrán que reducir el precio inicial, y la reducción debe ser no menor al 30% del monto de los créditos, reembolsos u otros beneficios brindados a los minoristas en 2023 al precio de lanzamiento al 31 de diciembre de 2023, más toallas sanitarias.
Sin embargo, cabe señalar que si un proveedor de detergentes generales que reduce el precio original en un 30% quiere volver a fijar el precio después de una semana o 10 días, caerá en la «trampa» de una prohibición de ventas.
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