04.05.2024

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Los bancos embargarán las casas sin previo aviso a los prestatarios


Los prestamistas recibieron aún más derechos en relación con los prestatarios.ya que el Gobierno, que, como de costumbre, llevó a cabo la enmienda poco antes de medianoche, esencialmente abolió las restricciones mínimas, que se aprobaron hace apenas dos semanas: la Directiva europea 2021/2167 sobre información de los deudores.

En pocas palabras, a partir de ahora veremos a varias empresas recuperar casas sin siquiera informar a los prestatarios.

El controvertido artículo 4 figura entre otros (para LARCO, EAB, la Universidad de Tesalia, el apoyo al turismo en Rodas y el IVA sobre los refrescos) en una enmienda presentada en el proyecto de ley múltiple del Ministerio de Finanzas «Organizacional y procesal». disposiciones para el desarrollo, intervenciones para fortalecer la transición justa del desarrollo y otras disposiciones urgentes”, que fue aprobada sólo con los votos de Nueva Democracia.

Ahora todos los préstamos titulizados antes de fin de año no estarán sujetos a la directiva UElo que significa que ni siquiera será necesario informar a los deudores.

En particular, la reciente ley 5072/2023 de administradores de préstamos (art. 41) derogó las disposiciones de la ley 4354/2015 sobre sociedades gestoras de préstamos y cuentas a cobrar y sociedades de adquisición de préstamos y cuentas a cobrar.

Sin embargo, la enmienda añade lo siguiente: “Con excepción de la enajenación y transferencia de créditos, así como los contratos para su gestión, que se celebren antes del 30 de diciembre de 2023, todavía se rigen por la Ley 4354/2015”. Si el artículo 3A de la Ley 4354/2015 hace referencia a otras disposiciones de la Ley 4354/2015, se entiende que hace referencia a las disposiciones correspondientes de la Parte B de esta Ley. El apartado 5 del artículo 3A de la Ley 4354/2015 se aplica en consecuencia al registro de los contratos de gestión a que se refiere el artículo 14 de esta Ley.

También es posible entrar Se modifica el “inciso e) del apartado 5 del artículo 3 de la Ley 5072/2023 (A’198), excluyendo de la aplicación de la Parte B los contratos de gestión de crédito transferidos antes del 30 de diciembre de 2023, etc.) queda formulado de la siguiente manera: “e ) transferir derechos en virtud de contratos de préstamo transferidos antes del 30 de diciembre de 2023, así como en virtud de sus contratos de gestión”.

Esta cuestión fue planteada desde la tribuna del parlamento por el diputado de SYRIZA Nikos Pappas y el diputado del PASOK Michalis Katrinis. El primero hablaba de un atropello que literalmente elimina cualquier resto de lógica y la protección y preocupación del legislador por los prestatarios. El segundo se quejaba de que nadie se atrevía a ponerse del lado de los partidos y decir: «Sí, lo apoyamos».

Por su parte, el viceministro de Finanzas, Nikos Papathanasis, afirmó que se trata sólo de un “acuerdo legal respecto del período comprendido entre el 5 y el 31 de diciembre”.



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