18.04.2024

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El pago de un regalo de Navidad a millones de trabajadores del sector privado se ve amenazado tras la increíble decisión del tribunal de Patras, que anuló la legislación actual sin una buena razón.

El pago de una suma en efectivo por Navidad (δώρο Χριστουγέννων), cuyo monto es aproximadamente igual a un salario y se entrega sin excepción a todos los empleados hasta el 21 de diciembre, nunca ha sido impugnado judicialmente. Hasta ayer, en una reunión en Patras, no se aprobó una decisión de exonerar a un empleador que admitió que no había realizado un pago.

Un empleado presentó una denuncia contra el representante legal de una cadena de tiendas de muebles, empresa con sede en la capital aquea. Denunció ante la inspección del trabajo que no le pagaron su regalo de navidad de 2020, informa newsbreak.gr.

Dos años después, aunque hasta el día de hoy la empresa empleadora no ha procedido al pago de la deuda a la empleada, el juzgado absolvió a la imputada, a pesar de que esta confesó por medio de su abogado que todavía tiene que pagar parte del regalo de Navidad.

Cabe señalar que la disposición del artículo 28 inciso 1 de la Ley 3996/201 establece expresamente: “Todo empleador que infrinja las disposiciones de la legislación laboral relativas a las condiciones de trabajo y específicamente a las condiciones de trabajo, de conformidad con los incisos 5 y 6 del artículo 31 de la Ley 3904/2010 (A’ 218), el pago de los salarios devengados, la remuneración, la seguridad y la salud de los empleados o el pago de indemnizaciones por despido es sancionado por la ley con pena privativa de libertad no inferior a seis meses, o con multa no inferior a de novecientos (900) euros, o ambas sanciones juntas».

Sin embargo, a pesar de que durante la sesión del tribunal se esgrimieron excusas muy poco convincentes de que supuestamente se embargaron las cuentas bancarias de la empresa (a pesar de que sus actividades normales continúan), y que el empleado se negó a aceptar dinero “de manera negra” (en un sobre), por lo que el fiscal recomendó que se absolviera al empleador, lo que hizo el tribunal.

Como declaró la Asociación de Empleados Privados Soyuz (Σύλλογος Ιδιωτικών Υπαλλήλων “Η Ένωση”), “Esta decisión de apelación en particular (y, en nuestra opinión, errónea) sienta un mal precedente. La trabajadora, con nuestra ayuda, defenderá la incorrección de la decisión tomada recurriendo al Tribunal Supremo con un escrito que elevará a las autoridades competentes”.

Además, la empleada se quejó del comportamiento indigno del dueño de la empresa, quien en diciembre de 2020, en una conversación telefónica sobre el pago de un regalo de Navidad y el salario adeudado a ella, supuestamente le respondió con insultos.

Y sin embargo… Si se llega a tal precedente*, entonces los trabajadores tendrán que «decir adiós» a los pagos que tanto necesitan al final del año.

** Precedente (del latín praecedens «anterior»): un evento o evento que tuvo lugar en el pasado y sirve como ejemplo o base para acciones posteriores en el presente.



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