25.04.2024

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Descuentos intermedios cancelados

El proyecto de ley del Ministerio de Desarrollo e Inversiones, presentado en el Parlamento, suprime los descuentos intermedios, una de las herramientas del trade marketing.

Según establece el artículo 6 del proyecto de ley, “se cancelan los períodos intermedios de descuentos y se permite ofertar bienes cuya cantidad supere el 50% del total disponible en cada tienda”.

Los siguientes períodos se definen como períodos de gracia durante los cuales se permite la venta de bienes o la prestación de servicios a precios reducidos:

  1. Rebajas de invierno, desde el segundo lunes de enero hasta finales de febrero,
  2. Rebajas de verano, desde el segundo lunes de julio hasta finales de agosto.

La oferta de una determinada cantidad o una determinada categoría de bienes a precios reducidos se realiza durante todo el año. Al realizar ofertas (acciones), el precio reducido inicial y nuevo de los bienes debe indicarse claramente en los puntos de venta de los productos ofrecidos. Cada aviso de reducción de precio indica el precio anterior aplicado por el vendedor durante un período de tiempo específico antes de que ocurriera la rebaja.

Precio anterior significa el precio más bajo aplicado por el vendedor en un período de al menos 30 días antes de que se aplique la reducción. Cuando un artículo ha estado en el mercado de ventas por menos de 30 días, el precio anterior es el precio más bajo aplicado por el comerciante dentro de los 10 días anteriores a la aplicación de la rebaja. Si la reducción de precio continúa, entonces el costo inicial de los bienes indica el precio sin reducción hasta que se aplica la primera rebaja.

Esto no se aplica a los alimentos agrícolas frescos y perecederos que, por su naturaleza o etapa de procesamiento, pueden volverse invendibles dentro de los 30 días posteriores a la cosecha, producción o procesamiento.

Como se indica en la nota explicativa: “Los períodos intermedios de descuentos, según los cálculos del movimiento comercial y las estimaciones del mundo comercial, no aportaron beneficios significativos a los comerciantes y consumidores. En consecuencia, una prohibición restrictiva del suministro de bienes que excedan el 50% del número total de bienes disponibles en cada tienda durante las ventas no tiene lógica económica, es un obstáculo a la competencia y reduce injustificadamente el bienestar de la sociedad”.



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El proyecto de ley del Ministerio de Desarrollo e Inversiones, presentado en el Parlamento, suprime los descuentos intermedios, una de las herramientas del trade marketing.

Según establece el artículo 6 del proyecto de ley, “se cancelan los períodos intermedios de descuentos y se permite ofertar bienes cuya cantidad supere el 50% del total disponible en cada tienda”.

Los siguientes períodos se definen como períodos de gracia durante los cuales se permite la venta de bienes o la prestación de servicios a precios reducidos:

  1. Rebajas de invierno, desde el segundo lunes de enero hasta finales de febrero,
  2. Rebajas de verano, desde el segundo lunes de julio hasta finales de agosto.

La oferta de una determinada cantidad o una determinada categoría de bienes a precios reducidos se realiza durante todo el año. Al realizar ofertas (acciones), el precio reducido inicial y nuevo de los bienes debe indicarse claramente en los puntos de venta de los productos ofrecidos. Cada aviso de reducción de precio indica el precio anterior aplicado por el vendedor durante un período de tiempo específico antes de que ocurriera la rebaja.

Precio anterior significa el precio más bajo aplicado por el vendedor en un período de al menos 30 días antes de que se aplique la reducción. Cuando un artículo ha estado en el mercado de ventas por menos de 30 días, el precio anterior es el precio más bajo aplicado por el comerciante dentro de los 10 días anteriores a la aplicación de la rebaja. Si la reducción de precio continúa, entonces el costo inicial de los bienes indica el precio sin reducción hasta que se aplica la primera rebaja.

Esto no se aplica a los alimentos agrícolas frescos y perecederos que, por su naturaleza o etapa de procesamiento, pueden volverse invendibles dentro de los 30 días posteriores a la cosecha, producción o procesamiento.

Como se indica en la nota explicativa: “Los períodos intermedios de descuentos, según los cálculos del movimiento comercial y las estimaciones del mundo comercial, no aportaron beneficios significativos a los comerciantes y consumidores. En consecuencia, una prohibición restrictiva del suministro de bienes que excedan el 50% del número total de bienes disponibles en cada tienda durante las ventas no tiene lógica económica, es un obstáculo a la competencia y reduce injustificadamente el bienestar de la sociedad”.



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