16.04.2024

Noticias de Atenas

Noticias en español de Grecia

12 medidas de apoyo a las víctimas de incendios

Según una declaración del viceprimer ministro Christos Triandopoulos sobre las medidas para apoyar a las víctimas de incendios en Penteli y otras áreas este mes,

“El Gobierno griego, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Desarrollo e Inversión, en cooperación con los Ministerios competentes del Interior, Infraestructura y Transporte, Desarrollo Rural y Alimentación, así como con las autoridades locales, intensificarán una serie de medidas para apoyar hogares y negocios en áreas afectadas por fuego en Ática y otras áreas en julio de 2022, luego de la declaración del estado de emergencia en las áreas y su delimitación por parte del Ministerio de Infraestructura y Transporte”.

Medidas de apoyo en detalle:

1. Suspensión de obligaciones tributarias

En las zonas donde se haya declarado el estado de emergencia, con el fin de eliminar situaciones de emergencia y gestionar las consecuencias de un incendio, se suspende el pago de todas las obligaciones tributarias pendientes y confirmadas, tanto para las personas jurídicas como para las personas físicas afectadas. En particular, con la emisión de la correspondiente resolución, se detalla la prórroga de los plazos de devolución de las deudas confirmadas de las personas físicas y jurídicas de los territorios, con estricta limitación, únicamente de los afectados por el incendio.

2. Compensación por necesidades y artículos domésticos esenciales

A las viviendas afectadas por el incendio, en colaboración con los municipios, se les pagarán sumas de dinero, de acuerdo con el registro de daños a través del Ministerio del Interior. Es, en particular, responsable del pago de la indemnización, que es:

  1. ayuda económica por importe de 600 euros a cada hogar cuyo domicilio principal se vea afectado para cubrir sus necesidades básicas,
  2. Además de esta cantidad, se apoya a las familias con muchos niños que han sufrido daños con 600 euros adicionales,
  3. las familias afectadas reciben una ayuda económica adicional por importe de 600 euros por cada uno de sus miembros que sea persona con necesidades especiales,
  4. ayuda económica de hasta 6.000 € por hogar para reparar o sustituir elementos del hogar en la vivienda principal afectada,
  5. ayuda económica de 4.500 euros para las personas que hayan quedado discapacitadas como consecuencia de una lesión derivada de un desastre natural. Esta asistencia financiera a las víctimas de desastres naturales es irrevocable.

3. Brindar asistencia de vivienda a personas físicas y jurídicas para la restauración de edificios y estructuras dentro del territorio asignado.

Por decisión ministerial conjunta de los ministerios involucrados, se delimitan las áreas afectadas y se brinda asistencia habitacional para la reparación/reconstrucción de edificios a través del GDAEFK del Ministerio de Infraestructura y Transporte. La asistencia para la vivienda, que consiste en una ayuda estatal gratuita (80 %) y un préstamo sin intereses (20 %) garantizado por el Estado griego, se proporciona a los propietarios de los edificios afectados y hasta un límite máximo de 150 m2. m. del área total de su propiedad, con el fin de restaurarlos (reparación o reconstrucción, según el daño que hayan causado). Esta medida está financiada por el Programa de Inversiones del Estado.

4. Primeros auxilios para la asistencia a la vivienda

De acuerdo con las disposiciones del marco institucional de asistencia estatal, los ciudadanos afectados por incendios pueden, a través de la plataforma arogi.gov.gr, solicitar primeros auxilios para asistencia habitacional para edificios dañados por incendios, después de los controles apropiados por los servicios competentes, con un prepago de hasta 14.000 euros.

5. Subvención para comercios afectados por el incendio

De acuerdo con la estructura institucional existente de la Ley 4797/2021 (Gaceta Oficial A΄ 66/23.04.2021), el Ministerio de Hacienda es responsable de la compensación de las empresas afectadas por desastres naturales, en cooperación con la región, que establece los comités pertinentes. eso, con el fin de evaluar los daños en cada negocio. En particular, la provisión de parte de los daños evaluados incluye daños en obras, equipos mecánicos, materias primas, bienes y vehículos de la empresa dañados, mientras que las explotaciones agrícolas se incluyen en el mismo contexto. Así, al promover, en cooperación con la Región, el proceso de evaluación de pérdidas en empresas y explotaciones agrícolas, se puede proporcionar un anticipo en el monto del daño estimado de forma inmediata, y luego de la finalización del proceso de evaluación, el porcentaje final de la también se puede otorgar un subsidio en relación con el daño estimado. Finalmente, en lo que respecta a las explotaciones agrarias, se activará el régimen de subvenciones a los insumos vegetales para las explotaciones agrarias afectadas por ayudas estatales, mediante la colaboración entre el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Desarrollo Rural y Alimentación y ELGA.

6. Exención de ENFIA por tres años

Las edificaciones fuera de su respectivo sitio, ubicadas en áreas que serán declaradas en emergencia por incendio y que se compruebe que están completamente destruidas o han sufrido daños funcionales que las hagan inhabitables, podrán estar exentas de ENFIA. para 2022-2023-2024, siempre que en ese momento el derecho de dominio o derecho real de propiedad pertenezca al contribuyente de este año. En este contexto, el Ministerio de Hacienda está trabajando en estrecha colaboración con el Ministerio de Infraestructura y Transporte para facilitar y acelerar el proceso correspondiente.

7. Suspensión de las acciones de ejecución

De conformidad con la disposición pertinente de la Ley 4797/2021, se puede dictar una resolución ministerial para suspender la ejecución de cualquier acto de ejecución contra los bienes muebles o inmuebles de las personas afectadas por el incendio. En particular, en relación con las personas físicas y jurídicas, así como con las personas jurídicas con derecho a medida especial, se suspende por seis (6) meses la ejecución de cualquier acto de ejecución respecto de sus bienes muebles o inmuebles, con excepción de una demanda para la recuperación de la pensión alimenticia. La suspensión se aplica en particular a los remates, decomisos, expulsiones y reservas personales. Durante un período de seis meses, se suspenden los plazos para la interposición de recursos y auxilios relacionados con procesos de ejecución pendientes.

8. Regulación y suspensión de primas

En cooperación con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y como continuación de la Demarcación de Límites Ministerial Conjunta pertinente, que se emitirá por decisión del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, las empresas afectadas ubicadas en las áreas que se delinearán como afectadas por el fuego. En particular, proporciona:

  1. capitalización de primas de seguros vencidas hasta el final del mes anterior al desastre natural (después del cargo adicional de comisiones, intereses, recargos y otros cargos),
  2. suspensión del pago de las primas de seguros vigentes por seis (6) meses,

9. Subsidio de alquiler/vivienda

Por decisión conjunta de los Ministros de Finanzas, Desarrollo e Inversión y Transporte e Infraestructura, una vez que se delimiten las áreas afectadas, se podrá otorgar un subsidio de alquiler/compartir para cubrir el costo de la vivienda temporal para los residentes permanentes cuyas viviendas hayan sido afectadas por los incendios.

10. Alojamiento de las víctimas del incendio en Ática en habitaciones de hotel.

Para los ciudadanos de Attica cuyas casas resultaron dañadas por el incendio, en cooperación con el Ministerio de Crisis Climáticas y Protección Civil y la Cámara Helénica de Hoteles, se activó un mecanismo de hospitalidad para que las víctimas pudieran alojarse en habitaciones de hotel.

11. Apoyo a agricultores de ELGA

ELGA, en continuación de la financiación de emergencia del Tesoro, apoyará a los agricultores cuya producción se haya visto afectada por incendios en el contexto de la compensación dictada por ELGA.

12. Financiamiento de emergencia para gobiernos locales

El Ministerio del Interior, en cooperación con los gobiernos locales, iniciará la financiación de emergencia, si es necesario, para que los municipios y las regiones cubran las primeras necesidades para cubrir los daños en las redes e infraestructuras.



Source link