19.04.2024

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Grecia congela la ‘cláusula de ajuste’ en las facturas de electricidad hasta el verano de 2023


La «cláusula de ajuste» en las facturas eléctricas queda congelada hasta el verano de 2023, según una enmienda presentada por el Ministerio de Medio Ambiente y Energía a última hora del viernes en el contexto de un proyecto de ley para simplificar la concesión de licencias a los proveedores de energía.

Según la enmienda, la suspensión cláusulas de ajuste tendrá una vigencia de un año, es decir, del 1 de agosto de 2022 al 31 de julio de 2023.

Cabe señalar que la suspensión de este párrafo es el resultado de una acción nuevo mecanismo de intervención en los precios de la electricidad, que, como se anunció, entrará en vigor el próximo 1 de julio.

Las disposiciones de la enmienda son bastante complejas. Sin embargo, parece que la cláusula de ajuste se suspenderá, pero de hecho, ¡cualquier fluctuación durante el mes se tiene en cuenta en el precio flotante! Este artículo existirá, simplemente no lo veremos en nuestras facturas de electricidad.

Tenga en cuenta que el gobierno ha anunciado la suspensión de la cláusula de ajuste a partir de julio, pero ahora todo el proyecto se ha pospuesto un mes después. Esto quiere decir que este rubro también estará en las facturas de la luz, que llegarán en septiembre.

Hablando con los medios críticos describen el tema como un «regalo electoral» ya que la mayoría de los escenarios hablan de elecciones anticipadas en octubre venidero.

Además, “fuentes de la oposición critican duramente al Gobierno por permitir que las empresas energéticas se beneficien de la cláusula, que se implementó por primera vez desde el 5 de agosto de 2021, es decir, durante todo un año.

Vale la pena señalar que los tribunales griegos todavía tienen que decidir sobre legitimidad de la disposición de ajuste después de demandas masivas por parte de organizaciones de protección al consumidor y de particulares.

Texto de enmienda:

  1. “El consumo de energía eléctrica desde el 1 de agosto de 2022 hasta el 1 de julio de 2023 no se cobra por la partida de ajuste o la partida correspondiente que se relacione con la fluctuación del tamaño del mercado mayorista, ya sea la partida anterior o facturas, sin una partida separada. indicación de esto. La vigencia del primer párrafo podrá prorrogarse por decisión del Ministro de Ambiente y Energía o caducar hasta el 1 de julio de 2023, siempre que no se mantenga el mecanismo transitorio de devolución de los ingresos del mercado al día siguiente de conformidad con el artículo 12A de la ley. 4425./2016 ( A ‘185).
  2. Los proveedores de electricidad deben declarar mensualmente en un lugar destacado en su sitio web al final del segundo mes (M-2) antes del mes de aplicación (M) los pagos fijos y la tarifa de suministro de electricidad por capacidad de hebra y energía, aplicados a las tarifas para el suministro a un valor nominal.
  3. Todos los consumidores pueden optar por otro tipo de factura por el suministro de energía eléctrica previa declaración al suministrador o solicitud de suministro si no tienen un contrato de suministro en vigor.
  4. Para la aplicación de la presente y mientras dure su vigencia:
    1. Cambio de proveedor o factura de un suministro como consecuencia de un cambio en la tarifa de suministro, según el anuncio correspondiente en el párr. 2 se proporciona de forma gratuita a los clientes y no incluye ningún derecho a compensación del proveedor por salida anticipada.
    2. El artículo 30 del Código de Consumo Eléctrico (B ‘832/2013) no se aplica en lo que respecta al tiempo, la obligación de proporcionar información individual a los consumidores y la entrada en vigor de un cambio en el contrato de suministro de energía eléctrica. En concreto, para el primer periodo de ejecución, el anuncio del pago de la energía eléctrica se realiza hasta el 10 de julio de 2022.
    3. En las facturas de consumo de energía eléctrica, así como en las facturas de liquidación que se expidan con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, los devengos de la cláusula de regularización o los correspondientes devengos de conformidad con el inciso. 1, que se refieren al período de consumo hasta el 1 de agosto de 2022.
    4. Se registran en las cuentas de consumo en lugar visible, todas las comisiones a la par. 2, que se anunciarán antes de la factura y por separado, y a una distancia de dos centímetros de la entrada del importe final a pagar, con el mismo tamaño de los símbolos utilizados, color y fondo, la subvención prevista mediante el especial cuenta «Fondo de Transición Energética» párr. 3 artículos sexagésimo primero de la Ley 4839/2021 (A ‘181).
    5. En cada mensaje informativo de los proveedores a sus clientes, electrónico o impreso, el subsidio entregado con cargo a los fondos de la cuenta especial “Fondo de Transición Energética” par. 3 del artículo 61 de la Ley 4839/2021 junto al monto final a pagar.
  5. La Autoridad Reguladora de Energía (ERA) supervisa la implementación de esto, en particular con respecto a la fijación de precios, las condiciones competitivas y el buen funcionamiento de los mercados, así como la ocurrencia de abusos. Si detecta infracciones relevantes, aplica los procedimientos y sanciona el artículo 36 de la Ley 4001/2011 (A ‘179). ” —

PS Texto completo en griego aquí. Perdón por la calidad de la traducción, pero esta vez los autores intentaron escribir la enmienda en un lenguaje tan formal que es peor para traducir solo el discurso de Tsipras.



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