20.04.2024

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200 euros: fecha de pago del subsidio de Semana Santa para pensionistas

Según la información, la próxima semana y precisamente hacia el final de la misma, alrededor del 14 y 15 de abril, e-EFKA abonará un regalo extraordinario de Pascua de 200 euros a 676.735 pensionistas de bajos ingresos.

Los beneficiarios son pensionistas con una base imponible anual individual para 2020 de hasta 7200 euros (600 euros mensuales).

El criterio para recibir el subsidio para familias es una renta anual de hasta 14.400 euros y un valor imponible total de los bienes inmuebles de la vivienda no superior a 200.000 euros. El presupuesto total para pagos se estima en 135 millones de euros.

Se pagará asistencia financiera de emergencia a quienes reciban en marzo de 2022:

a) la pensión básica definitiva o provisional o el pago anticipado de la pensión básica por vejez, invalidez o muerte,

b) subsidio de prejubilación,

c) prestaciones de invalidez pagadas por la Agencia Nacional de Seguridad Social Electrónica (e-EFKA);

d) pagos de pensiones de conformidad con el párrafo 3 del artículo 4 de la ley 4387/2016 (A ’85).

La asistencia financiera de emergencia está disponible sujeta a las siguientes condiciones acumulativas:

a) La base imponible anual individual de los pensionistas, reales o imputados, para el ejercicio 2020 no supere los 7.200 euros, y la base imponible anual de una familia, real o imputada, no supere los 14.400 euros. La renta familiar imponible es la suma de la renta imponible del contribuyente y su cónyuge (incluso si se ha celebrado un acuerdo de convivencia, derivada de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas presentada para el ejercicio fiscal 2020).

b) El valor total de los inmuebles, determinado para el cálculo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (EN.F.IA.) adicional Uniforme, no supere la cantidad de 200.000 euros.

c) Ciudadanos que sean residentes fiscales de Grecia según los datos conservados en el registro de la Oficina Independiente de Ingresos Públicos (AADE) y hayan presentado una declaración del impuesto sobre la renta para el año fiscal 2020.

El importe de la ayuda es por 1 beneficiario elegible y se establece en 200 €, independientemente del número de sus dependientes. Si el beneficiario recibe una pensión tanto de e-EFKA como de Γενικό Λογιστήριο του Κράτους (ΓΛΚ), e-EFKA paga la prestación.

En el caso de que ambos cónyuges o partes en un acuerdo de convivencia sean beneficiarios de la ayuda, se les abona a ambos una ayuda por importe de 200 euros.

El apoyo económico extraordinario no está sujeto a impuestos y no se retira al estado o a terceros, no está sujeto a ninguna retención, pago de tasas o contribuciones, no es retroactivo y no se compensa con la deuda confirmada con la administración tributaria y el resto del estado , fondos de seguros o instituciones de crédito, y no se calcula dentro de los límites de ingresos para el pago de cualquier beneficio social.

Ejemplos

1. Una persona con un ingreso real común de pensión, negocios / dividendos, alquileres o porcentajes / derechos (σύνταξη, ήήήήιρρριότητα / ρίσματα / ερίσματα, ενοίκια ήήκος / δικαιώματα) a 7200.00 euros recibirán un beneficio de 200 euros de EFKA.

2. Una persona con unos ingresos reales totales por pensión, negocio/dividendos, alquiler o intereses/derechos de 7200,00€ y un hijo a cargo que figure en la declaración anual de la Renta de 2020 recibirá una subvención de EFKA de 200€.

3. Una pareja/hogar con una renta total real de pensión que ambos perciban por separado, así como rentas de su actividad empresarial/perciban dividendos, rentas o intereses hasta 14.400 euros, cada uno de ellos recibirá una subvención de 200 euros de EFKA.

4. Pareja/hogar con ingresos reales totales por pensión, negocio/dividendos, alquiler o intereses/derechos hasta EUR 14.400,00, pero solo uno de ellos está jubilado, entonces es él quien recibirá una asignación de 200 euros de EFKA.



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