29.03.2024

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Viajes en avión: cambio de las disposiciones de notam para los viajeros.

La Administración de Aviación Civil (CAA) anunció un cambio en la duración del certificado / certificado de enfermedad pasada, y a partir de hoy será válido para vuelos domésticos.

En particular, los viajeros deben llevar un certificado de vacunación o un certificado de enfermedad anterior emitido dentro de los catorce (14) días posteriores a la primera prueba positiva (pcr), y el período de validez es de hasta noventa (90) días a partir de entonces.

En comparación con la disposición anterior de la ley: hasta ahora, el certificado de enfermedad pasada, aceptado en vuelos domésticos, tenía que ser emitido dentro de los 30 días posteriores a la primera prueba molecular positiva.

La nueva notam vigente en vuelos domésticos (después de la enmienda) establece que los pasajeros en todos los destinos del país deben cumplir una de las siguientes condiciones:

1) Pasar al menos 14 días después de haber sido vacunado contra el coronavirus COVID-19 y presentar certificado de vacunación. También es válido el certificado digital europeo COVID-19 (EU DIGITAL COVID-19 CERTIFICATE). El certificado de vacunación incluye el nombre de la persona, el tipo de vacuna y el número de dosis.

2) Demostrar evidencia de enfermedad pasada emitida dentro de los catorce días de la primera prueba positiva (pcr) y validez hasta noventa (90) días, de acuerdo con la ley aplicable.

3) Los pasajeros en vuelos nacionales que no hayan sido vacunados deben someterse a una prueba negativa para el coronavirus COVID-19 por PCR dentro de las últimas setenta y dos (72) horas antes de la hora de vuelo programada o dentro de las cuarenta y ocho horas para realizar una prueba rápida.

Los menores de entre cuatro y diecisiete años pueden viajar por vía aérea completando una autocomprobación proporcionada por el estado de forma gratuita y realizada a más tardar veinticuatro horas antes de la hora prevista del vuelo.

Los certificados / referencias anteriores se presentan en forma impresa o digital (registro en las plataformas www.gov.gr y HTTPS://SELF-TESTING.GOV.GR), con verificación simultánea de la cédula de identidad.

Los extranjeros que lleguen del extranjero pueden presentar certificado de vacunación, certificado médico o resultado negativo de la prueba en griego, inglés, francés, alemán, español, italiano o ruso. Un requisito previo es que los documentos sean emitidos por una agencia gubernamental y de conformidad con la ley. Si estos controles se realizaron en el extranjero y son válidos en el momento de abordar el avión, los certificados correspondientes se aceptan en las mismas condiciones en las que se les permitió ingresar a Grecia.

El personal y los pasajeros deben usar un protector facial al llegar y esperar en los aeropuertos y durante los viajes aéreos. Si el pasajero no lleva máscara, no se le permite abordar el avión. Los documentos de viaje son controlados por funcionarios de la aerolínea o por la policía en los aeropuertos. Las aerolíneas deben verificar al pasajero antes de abordar para confirmar que tiene los documentos necesarios.

Los protocolos sanitarios para vuelos domésticos están vigentes a partir del lunes 13 de septiembre de 2021.





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