28.03.2024

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Las multas para quienes «modifican» las cajas registradoras son cada vez más duras

La nueva lista de multas y su tamaño máximo es introducida por la enmienda del Ministerio de Finanzas y se refiere a casos de detección de cajas registradoras «pirateadas / modificadas», falta de libros de contabilidad o evasión de la presentación de declaraciones de impuestos.

La disposición propuesta simplifica el monto de las multas impuestas. El objetivo es hacer que las multas sean pagaderas por los contribuyentes, no solo “inflar”. Los cambios se están produciendo en el contexto de los esfuerzos para combatir la evasión fiscal, especialmente en lo que respecta al IVA.

Las multas se imponen solo en el contexto de una inspección preventiva parcial en el sitio, el límite máximo deja de aplicarse cuando el culpable es el propietario-usuario de la caja registradora. La enmienda para cada tipo de infracción proporciona lo siguiente:

1. Sanciones por incumplimiento de los libros contables. Por infracciones relacionadas con la no conservación de la documentación contable, y la ausencia de mecanismos electrónicos fiscales (ΦΗΜ), cinta de recibo, etc. (que reflejen el trabajo de la caja registradora), existen sanciones:

Se impone una multa del 15% sobre los ingresos comerciales por cada año auditado, ya que es el resultado del ingreso promedio informado (en las declaraciones de impuestos sobre la renta) durante los últimos 3 años fiscales. La multa no puede ser inferior a 10.000 euros por año auditado para libros y 30.000 euros por documentos contables.

Según el nuevo reglamento, el monto de las multas no puede exceder el triple del tamaño de la minúscula.

2. Sanciones por no presentar la documentación pertinente (a las personas jurídicas): incluso si no se ha presentado una de las declaraciones de impuestos de los últimos tres años fiscales, la multa se calcula con base en el ingreso promedio de las declaraciones de impuestos presentadas y no puede ser menos de 30.000 euros para el año auditado. en el caso de la obligación de llevar libros contables, y 50.000 euros para el año en que se realiza la auditoría, en el caso de la obligación de llevar libros diplomáticos (τήρησης διπλογραφικών βιβλίων) . Según el nuevo reglamento, el monto de la multa no puede exceder el triple del monto de la multa mínima.

3. Sanciones por «hacer trampa» en las cajas registradoras: cuando se detecte una infracción, falsificación o cualquier interferencia con el funcionamiento de los mecanismos fiscales electrónicos (ΦΗΜ), así como la emisión de ΦΗΜ datos relevantes que no funcionen de acuerdo con las especificaciones aprobadas , el trabajo de todas las instalaciones profesionales, donde está instalada la caja registradora, se suspende por un período de 2 a 12 meses, y se impone una multa de 100.000 euros.

Según el nuevo reglamento, cuando el perpetrador de la infracción es el propietario-usuario del mecanismo tributario electrónico (caja), el monto de la multa se impone sin aplicar los valores límite. La sentencia también se aplica a los casos en los que no se impusieron multas definitivas antes del 29 de noviembre de 2021.





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