29.03.2024

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¿El encierro viola los derechos humanos?

El veredicto del Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece: el encierro por coronavirus no viola el derecho a la libertad.

El tribunal de Estrasburgo se celebró sobre la demanda de un ciudadano rumano. A pesar de que, como afirma, no estaba infectado y no estaba en contacto con pacientes con coronavirus, tuvo que sentarse en el encierro durante 52 días. Afirma que se violaron sus derechos, ya que la cuarentena puede equipararse con el encarcelamiento. Sin embargo, la decisión del tribunal indicó que en este caso, la medida introducida por el gobierno no podía equipararse con el arresto domiciliario.

En Rumania, debido a la pandemia, se impuso un bloqueo en medio de una emergencia de salud pública. A los ciudadanos rumanos se les prohibió salir de sus hogares sin una buena razón confirmada oficialmente, y los infractores fueron multados.

La denuncia de un ciudadano rumano fue la primera. Al considerarlo, el TEDH evaluó si la cláusula 5 de la Convención de Derechos Humanos, que garantiza el derecho a la libertad y la seguridad, es aplicable al encierro. La decisión del tribunal es la siguiente:

“El grado de intensidad de la restricción a la libertad de movimiento del demandante no fue tal que la cuarentena general pudiera considerarse una privación de libertad. En general, la situación actual debe, por tanto, caracterizarse como un“ contexto excepcional e impredecible ”.

También se dan los argumentos del tribunal:

la medida era generalmente aplicable a todos en el estado; el solicitante podría haber abandonado la casa por razones válidas enumeradas en la ley; no estuvo sujeto a la supervisión individual de las autoridades; el demandante no afirmó que se vio obligado a vivir en lugares cerrados y que no se le privó de todos los contactos sociales.

Veredicto final lee:

«En consecuencia, las condiciones de la cuarentena no pueden equipararse con el arresto domiciliario, equivalente a ‘encarcelamiento’ a los efectos de la práctica judicial».





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