29.03.2024

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Nuevo Código Penal: Sanciones más estrictas para delitos graves

El Ministerio de Justicia griego sigue enmendando el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal.

Las enmiendas prevén penas más estrictas para delitos graves, delitos sexuales, delitos contra menores y violencia de género.

Las enmiendas también prevén la extensión del plazo de libertad en condiciones de delitos graves y los condenados a cadena perpetua. Tendrán que cumplir al menos 4/5 de la sentencia, a diferencia de otros delincuentes, que pueden ser cortados a la mitad o incluso a 1/3 de la sentencia original. No se les permitirá bajo arresto domiciliario, incluso con dispositivos de rastreo. Entre otras cosas, las enmiendas planean tipificar como delito el incendio provocado.

Según el Ministerio de Justicia, las enmiendas a ambos códigos, propuestas por el Ministro de Justicia Konstantinos Tsiaras y ratificadas en una reunión del Gabinete de Ministros, se someterán inmediatamente a discusión pública.

El endurecimiento del castigo siguió a los recientes asesinatos brutales de dos mujeres jóvenes, así como a una ola de denuncias de delitos sexuales cometidos por víctimas, incluidos menores.

Cuatro estándares de referencia

El proyecto de ley introduce normas basadas en 4 áreas principales:

Primero, el endurecimiento del marco para el castigo de delitos específicos de valor criminal particular. En segundo lugar, el endurecimiento de la libertad condicional de los condenados, así como la cancelación de la libertad de los delincuentes que cometen reiteradamente delitos graves. En tercer lugar, la restauración y extensión del corpus delicti a atrocidades generales como incendio premeditado, explosión, inundación, etc., a delitos relacionados con el cambio de castigo por robo y malversación (en su forma de mala conducta). En cuarto lugar, la prioridad incondicional del interrogatorio y la tramitación judicial de casos de carácter excepcional o delitos relacionados con delitos contra la libertad sexual y explotación económica de la vida sexual.

Las reglas propuestas incluyen, entre otras cosas, las siguientes:

Para delitos como alta traición, asesinato, violación en grupo y violación de un menor, así como robo fatal, ahora solo se imponen cadenas perpetuas. Se ha restablecido la disposición anterior de la parte 1 del artículo 310 del Código Penal sobre lesiones corporales graves. Se endureció la disposición sobre daños corporales por negligencia (párrafo 1 del artículo 314 del Código Penal) y se agregó una nueva disposición, según la cual el daño corporal a un empleado durante el desempeño del trabajo es una circunstancia agravante. Se ha restablecido la disposición sobre asesinato ilegal, que fue cancelada con la enmienda del Código Penal en junio de 2019. Se está modificando y perfeccionando el marco para la prestación de obras públicas en caso de incumplimiento o ejecución inadecuada de esta obra por parte del condenado. Para limitar las suspensiones arbitrarias, se restablece una condena previa antes de una sentencia de más de 3 años para aplazar automáticamente la ejecución de la sentencia.

En libertad condicional:

Para delitos graves como drogas, homicidio, robo, delitos contra la libertad sexual, se prohíbe la libertad condicional con vigilancia electrónica bajo arresto domiciliario. En el caso de prisión temporal por delitos tipificados en la ley de drogas (forma especial), organización delictiva, actos terroristas, alta traición, asesinato, robo, extorsión, violación y todos los delitos contra la libertad sexual, la posibilidad de libertad condicional se concede solo si el el delincuente pasó 4/5 del término indicado por el veredicto tras las rejas. Además de los delitos anteriores, para los casos de cadena perpetua, el período mínimo de permanencia de un condenado en una institución correccional se ha aumentado de 16 años (estimación actual) a 18 años.

Por delitos contra la libertad sexual:

El plazo de prescripción por delitos contra la libertad sexual, si se comete contra un menor, comenzará a la edad de un año y dentro de un año si el hecho es una falta, y dentro de los tres años si es un delito. Se perseguirá el delito de atentado contra la dignidad sexual y la integridad sexual de los menores. La violación de la dignidad sexual cometida en el contexto de una relación adictiva (trabajo, etc.) ahora solo se castiga con prisión (se ha eliminado la posibilidad de sanción por este acto, alternativamente una multa) y se procesa de oficio. El incesto, que ha sido reconocido como falta desde junio de 2019, vuelve a la lista de artículos del código penal. El delito de relaciones sexuales con menores de edad o con ellos (artículo 339 del Código Penal) en su forma básica es ahora punible sólo como delito grave.

Además, con los cambios propuestos:

Se amplió la tipificación como delito de las violaciones relacionadas con la adopción (artículo 360 A del Código Penal) y se agregaron otras conductas como criminalmente significativas. Ahora son castigados los que dan a su hijo en adopción, los que lo adoptan y los que actúan como intermediarios en la adopción, ganándose u ofreciendo otra propiedad ilegal. Se ha endurecido el marco de castigo para los delitos relacionados con el robo y el despilfarro (en forma de mala conducta). Se han endurecido las disposiciones para delitos comunes: incendio premeditado, incendio forestal, inundación, explosión, etc.

Foto cortesía de depositphotos





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