28.03.2024

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El mensajero está en camino …

Los mensajeros que entregan mercancías y alimentos, «reparticiones» como se les llama en Grecia, son los pequeños héroes de la vida cotidiana, marcada por la pandemia.

Cuando la mayoría de nosotros estamos a salvo en nuestros hogares, aran el asfalto en sus «papás» (patitos, como se llama a los ciclomotores en Grecia) para satisfacer nuestro apetito nocturno. Con un salario magro (a veces sin seguro) y quizás una pequeña propina.

Los riesgos de los viajes en vehículos de dos ruedas son bastante elevados y se multiplican en los casos en que es necesario que el pedido llegue rápidamente. ¿Quién de nosotros no ha llamado a la tienda para averiguar qué le pasa a la pizza que está esperando, para obtener una respuesta: «el tipo está en la calle» … Desafortunadamente, sin embargo, un día el «tipo» puede ser En el camino. Literalmente. Caer sobre el asfalto por un impacto con un automóvil, en una carretera resbaladiza, perdiendo el control. Cualquier cosa, especialmente después de un día de 10 horas …

La semana pasada, el Tribunal de Apelación de Tesalónica consideró uno de estos casos y, mediante su decisión, absolvió a un mensajero que se vio involucrado en un accidente de tráfico en el trabajo, reconociéndolo como un accidente industrial. Ordenó a la empresa que contrató al mensajero que le pagara una indemnización de 17.944,70 euros, ya que se negó a reconocer el incidente por temor a que, de lo contrario, se le hiciera responsable de no proporcionar el equipo de protección personal prescrito por la ley. La misma empresa rescindió efectivamente el contrato de trabajo con el mensajero lesionado, sin indemnización por despido, mientras aún se encontraba de baja por enfermedad. También presentó una demanda en su contra en la corte, acusando al mensajero de extorsión, ya que comenzó a quejarse de las acciones de la gerencia de la empresa.

Además de la indemnización, el fiscal del tribunal de primera instancia y el fiscal del Tribunal de Apelación de Tesalónica, mediante su fallo, rechazaron el reclamo de la empresa y la apelación contra el empleado, calificando la declaración de los empleadores y los hechos expuestos en ella como falsos.





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